Impuesto sobre teléfonos inteligentes
A partir del 13 de noviembre de 2026 entrarán en vigor nuevas normativas que ampliarán la lista de dispositivos sujetos a la tasa reprográfica. A partir de esa fecha, también se aplicará, entre otros, a los teléfonos inteligentes, tabletas, ordenadores y discos.
Aunque en teoría la tarifa se cobrará a los fabricantes o distribuidores de equipos, en la práctica se sabe que la pagarán los clientes. El coste será repercutido al comprador. Es obvio que incluso si el «impuesto» fuera del 1%, las empresas no renunciarán ni siquiera a esa parte de sus beneficios.
Por ello, el Defensor del Pueblo pidió al Ministro de Cultura y Patrimonio Nacional que investigue si la tasa de reprografía impuesta a los teléfonos inteligentes, tabletas u ordenadores se corresponde con su uso real.
El Defensor del Pueblo llamó la atención, entre otras cosas, sobre las sentencias del Tribunal de Justicia de la Unión Europea. El gobierno concluyó que descargar películas y música a dispositivos como parte de las funciones de los servicios de streaming no es lo mismo que una copia privada, porque queda bajo el control de una determinada plataforma.
Pese a ello, el Ministerio de Cultura cree que la tasa reprográfica no requiere cambios y se mantendrá en su forma actual.
Por lo tanto, en opinión del Ministro de Cultura y Patrimonio Nacional, no hay motivos para emprender trabajos destinados a modificar el importe de las tasas especificadas en el reglamento únicamente por los motivos indicados en el discurso del Comisario. Al mismo tiempo, el Ministerio supervisará la evolución de la jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea y la práctica del funcionamiento de los sistemas de compensación por uso privado permitido tanto en Polonia como en los Estados miembros de la Unión Europea con vistas a posibles trabajos legislativos futuros.